TITULO

martes, 1 de abril de 2014

Principios Deontológicos y Axiológicos que rigen las normas y la ética en el ejercicio de la comunicación social de Venezuela

República Bolivariana de Venezuela.
Ministerio del Poder Popular para la    Educación Universitaria.
Universidad Bolivariana de Venezuela.
Aldea: Livia Gouverneur.
Fundación: Misión Sucre.
Barinas Estado Barinas.



Principios Deontológicos y Axiológicos que rigen las normas y la ética en el ejercicio de la comunicación social de Venezuela

 










PROF: Ricard Miranda                                          VENCEDORAS:
TURNO: NOCTURNO.                                  Diana Santana C.I: 18.906.993
SECCION: “UNICA”.                                    Yamile Gómez  C.I: 9.264.753
                                                                    
                                                                      

MARCO JURIDICO NACIONAL E INTERNACIONAL DE LA COMUNICACIÓN Y LA INFORMACION


Barinas, Noviembre de 2013.







INTRODUCCION.
           
El periodismo es una actividad que consiste en recolectar, sintetizar, jerarquizar y publicar información relativa a la actualidad,  especialmente a hechos de interés colectivo.  Para obtener dicha información, el periodista debe recurrir obligatoriamente a fuentes verificables o a su propio testimonio.
           
La base del periodismo es la noticia, pero comprende otros géneros, muchos de los cuales se interrelacionan, como la entrevista, el reportaje, la crónica, el documental y la opinión. El periodismo puede ser informativo, interpretativo o de opinión. La información es difundida por medios o soportes técnicos, lo que da lugar al periodismo gráfico, la prensa escrita, el periodismo radiofónico, el audiovisual (mediante televisión y el cine) y el periodismo digital o multimedia.
         
   En algunos países del mundo, entre ellos Venezuela, se crearon las Escuelas de Comunicación Social para formar periodistas con la misión de que, una vez en el campo laboral,  informen  de manera veraz y objetiva a la sociedad,  teniendo como norma irrenunciable la verdad y contribuyan con el desarrollo individual y colectivo del ser humano. En nuestro país, la primera escuela de Periodismo, como se le llamó inicialmente, fue decretada  en el año 1946 y en el año 1947 se inició esta carrera de manera formal  en la Universidad Central de Venezuela (UCV).













PRINCIPIOS DEONTOLOGICOS Y AXIOLOGICOS QUE RIGEN LAS NORMAS Y LA ETICA EN EL EJERCICIO DE LA COMUNICACIÓN SOCIAL DE VENEZUELA.

Principios Deontológicos

            El termino deontología profesional hace referencia al conjunto de principios y reglas éticas que regulan y guían una actividad profesional. Estas normas determinan los deberes mínimamente exigibles a los profesionales en el desempeño de su actividad. Por este motivo suele ser propio colectivo profesional quien determina dichas normas y, a su vez se encarga de recogerlas por escrito en los códigos deontológicos, es importante no confundir deontología de ética profesional.
            Cabe distinguir que ética profesional es la disciplina que estudia los contenidos normativos de un colectivo profesional, es decir, su objeto de estudio es la deontología profesional ya que es el conjunto de normas vinculadas para un colectivo profesional.
Principios Axiológicos.
            Es la rama de la fisiología que estudia la naturaleza de los valores y juicios valorativos. Son valores para orientar a la moral de cada persona, es decir, una teoría acerca de los valores dentro de una sociedad que la podemos estructurar en tres formas:
            En el monismo: nos da comprender que en la sociedad existe un sistema y un código moral que es compartido por cada uno de los miembros que la conforman.
            En el politeísmo: nos da a conocer que hay diferentes códigos morales dentro de la sociedad pero que cada individuo traza un proyecto sin mirar los valores comunes, es decir, se trata de una moral subjetiva que actúa  de forma individual.
            En el pluralismo: planta la existencia de diferentes códigos morales, los cuales siguen aceptando elementos comunes, es decir, no actúa individualmente sino por un acuerdo tomando la base de la argumentación.
Código de Ética del periodismo Venezolano.

                Un código de ética es un instrumento que tiene como función orientar e inspirar actitudes, comportamientos y la toma de decisiones independientes a nivel jerárquico. Un código de ética puede ser estructurado en los siguientes aspectos: la objetividad, opinión e información, fines de la comunicación, derecho de la información, compromiso de la sociedad, derechos de la sociedad y los particulares, ética, función del comunicador social, autocontrol, e ingresos financieros, misión, visión, funciones,  entre otros aspectos.  
           
            El periodista debe confrontar lo señalado en el código de ética de su profesión con sus posiciones individuales, elementos ideológicos, valores, intereses personales, políticos  y  laborales que, sin duda alguna influyen en su visión de mundo y. en consecuencia marcarán su ejercicio profesional.
            En cuanto al  artículo 1 del código de ética, que reza: El periodismo es un servicio de interés colectivo y el periodista está en la obligación de ejercerlo consciente de que cumple una actividad indispensable para el desarrollo integral del individuo y la sociedad; y  el artículo 6, que expresa: El periodista se debe fundamentalmente al pueblo, el cual tiene derecho a recibir información veraz, oportuna e integral a través de los  medios de comunicación social; en ellos se retrata la función social del periodista venezolano y queda claro  cómo su trabajo debe estar orientado a beneficiar al pueblo como colectivo y a la persona como individuo,  a través de una información veraz, oportuna e integral.
            Esta función del periodista está expresada igualmente en el artículo 58 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), que apunta:
            La comunicación es libre y plural, y comporta los deberes y responsabilidades que indique la ley. Toda persona tiene derecho a la información oportuna, veraz e imparcial, sin censura, de acuerdo con los principios de esta Constitución, así como a la réplica y rectificación cuando se vea afectada directamente por informaciones inexactas o agraviantes. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir información adecuada para su desarrollo integral.
            También señala expresamente en su artículo 40 del capítulo VI que los periodistas en el país tienen el deber de defender la Soberanía Nacional y la Integridad Territorial. En consecuencia, debe contribuir con su acción gremial en esta patriótica tarea, poniéndose a toda campaña que contrarié el interés nacional, así como la paz y la amistad entre los pueblos.
             El contenido de este código tiene como objetivo mejorar el tratamiento informativo de algunas de las cuestiones sociales de mayor actualidad.  De este modo, los pupilos deben asimilarlos como eficientes y útiles, especialmente porque en el mundo laboral del periodismo no tiene cabida el informador que no respete el código deontológico, que engloba lo siguiente:
     El respeto a la verdad.
     Estar abierto a la investigación de los hechos.
     Perseguir la objetividad aunque se sepa inaccesible.
     Contrastar los datos con cuantas fuentes periodísticas sea preciso.
     Diferenciar con claridad entre información y opinión.
     Enfrentar, cuando existan, las versiones sobre un hecho.
     Respeto a la presunción de inocencia.
     Rectificación de las informaciones erróneas.
Código de Ética de la Radio y la Televisión.

              Tiene como finalidad proporcionar buenas prácticas en la radio y televisión. Se preocupa por el mal uso de la libertad de información y expresión en radio y televisión. Debe regirse a ciertas reglas tales como el respeto y la dignidad de las personas, la educación y la moral de las naciones, la protección de los niños, niñas y adolescentes, la promoción de valores  y la responsabilidad social de los medios de comunicación. Los titulares de radio y televisión asignados rigen su actitud conforme al presente código de ética.
            Según el artículo 2 el contenido del código de ética se basa en los principios y lineamientos que promueven la ley de radio y televisión; así como el tratado de los derechos humanos, los titulares del servicio de radio y televisión signatario rigen sus actividades conforme al presente código de ética y al reglamento de solución de quejas y comunicaciones aprobado por la Asamblea de Asociados de la Sociedad de Radio y Televisión cuyos procedimientos y términos forman parte del presente código.
Código de Ética de la Publicidad.
El mensaje publicitario debe:
         Emitirse con apego a las disposiciones jurídicas en vigor.

         Señalar las propiedades o peculiaridades comprobables de los productos o servicios.

         Utilizar las técnicas y formas que hagan posible su debida apreciación, mediante descripciones o imágenes que preservan la educación, salud, integridad familiar, cuidado del medio ambiente y respeto a las personas sin distinción de edad, sexo, nacionalidad, religión, afiliación política o condición social

I.              LEGALIDAD

            La publicidad se apegará a las normas jurídicas vigentes.

II.            VERACIDAD Y HONESTIDAD

            La información sobre las características de los bienes, productos o servicios que ofrezca la publicidad será veraz y comprobable. Asimismo, será honesta por lo que evitará el uso de aseveraciones parciales o conceptos engañosos que causen o puedan causar error o confusión en el consumidor.

III.           RESPETO Y DIGNIDAD

            La publicidad evitará imágenes, textos o sonidos que ofendan los estándares de decencia conforme a los valores prevalecientes en la sociedad mexicana, sin menoscabo de los derechos de las minorías. De igual modo, la publicidad se abstendrá de fomentar conductas violentas, infundir o aprovecharse del miedo, promover actitudes de discriminación o denigración por razones de nacionalidad, condición social o económica, raza, religión, género, preferencia política, orientación sexual, características físicas o capacidades diferentes.

IV.           COMPETENCIA JUSTA

            La publicidad no denigrará, copiará, ni imitará directa o indirectamente las ideas creativas o publicitarias de terceros.

V.            PUBLICIDAD COMPARATIVA

            La publicidad comparativa partirá del uso típico para el que los bienes, productos, servicios o conceptos fueron desarrollados y considerará elementos objetivos, verificables, representativos y relevantes en la comparación. A su vez, podrá resaltar los beneficios y fortalezas de los bienes, productos, servicios o conceptos con respecto de otro, siempre en forma genérica y en sentido positivo, sin calificar peyorativamente las características del competidor.

VI.           SALUD, BIENESTAR Y CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE

            La publicidad se abstendrá de incluir imágenes, textos o sonidos que induzcan a prácticas inseguras, contrarias a la salud física o mental, o que propicien daños al medio ambiente.

VII.         PROTECCIÓN A LA INFANCIA

            La publicidad dirigida al público infantil tomará en cuenta su vulnerabilidad, capacidad crítica, nivel de experiencia y credulidad. Se evitará la utilización de imágenes, lenguaje, textos o sonidos que pongan en riesgo su salud física o mental o minen el respeto a la autoridad familiar, escolar o cívica

Código de Ética de las Relaciones Públicas.
            Es el conjunto de normas morales que rigen el ejercicio profesional de las relaciones públicas y aspiran crear en la sociedad un ambiente de solidaridad humana y responsabilidad social. El relacionista público tiene como deber  actuar dentro de los más estrictos  principios de moral y velar por el prestigio de su profesión.
            Su misión es generar un vínculo entre la organización, la comunicación y los públicos relacionados además de convencer e integrar de manera positiva, para lo cual utiliza diferentes estrategias, técnicas e instrumentos.
            Es una disciplina en desarrollo que emplea métodos y teorías de la publicidadmarketingdiseñocomunicaciónpolíticapsicologíasociologíaperiodismo, entre otras ramas y profesiones.
            Al igual que los sistemas o departamentos de inteligencia militares o gubernamentales, funcionan bajo la premisa de "mientras más información se posea, más acertadas serán las acciones y decisiones", es por esto que es fundamental para todo profesional de relaciones públicas el estar altamente informado de todo el acontecer que pueda estar vinculado directa o indirectamente a su organización o proyecto.

            Sus principios éticos son: la veracidad, la justicia, la honestidad, el respeto mutuo, la amistad y fraternidad, la lealtad y la solidaridad.
También debe cumplir con una serie de normas:
     Cumplir, respetar y salvaguardar la dignidad de la persona humana y reconocer a cada individuo el derecho de formar el mismo su propio juicio.
     Sostener con entereza la búsqueda permanente de la verdad y la justicia.
     Dar  a conocer y cumplir la esencia integradora de las relaciones públicas.









CONCLUSION.
                En la formación profesional es esencial que se tengan elementos para ejercer la profesión de forma que sean socialmente útiles y reconocidos; en la práctica profesional es indispensable que el comportamiento del contador en cuanto a sus relaciones con todos los actores que conforman el entorno en el cual se desenvuelve como colegas, usuarios, otros profesionales y el resto de la sociedad se de en términos de una honestidad e integridad para así difundir la credibilidad y confiabilidad de la información como resultado de las actividades realizadas por este; puesto que el contador con el carácter de la contaduría tiene la responsabilidad de dar fe pública sobre los documentos y estados financieros realizados por él.

            Por esta razón, se hace necesaria la aplicación de un código de ética que satisfaga las necesidades de los usuarios y complemente las responsabilidades de los profesionales en la práctica, para ello se establecen distintos códigos de ética, los cuales complementan todos aquellos vacíos existentes en nuestra sociedad.





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